Dina Boluarte es acusada de genocidio, lesiones graves y homicidio calificado
En medio de protestas que exigen su renuncia, la actual presidenta de Perú, Dina Boluarte, se encuentra bajo investigación con acusaciones de genocidio, lesiones graves y homicidio calificado. La carpeta fue abierta en contra de Boluarte, así como de otras personas, debido a que desde el inicio de su mandato, hace poco más de un mes, alrededor de 50 personas han perdido la vida y una cantidad aún más grande han resultado heridos. Este número tan alto de fallecidos en tan pocos días de presidencia de Boluarte se debe a la fuerte represión policial que se ha visto durante las protestas, que se ha caracterizado por el uso de armas de fuego.
El conflicto del país comenzó el 7 de diciembre del 2022, cuando el entonces presidente, Pedro Castillo, intentó disolver el Congreso y convocar un Estado de excepción con el fin de redactar una nueva Constitución; esto como reacción a la moción de vacancia propuesta por el Congreso, la cual se determinaría el mismo día. A pesar de los intentos del ex-presidente de evitar esa votación, esta se llevó a cabo horas después del denominado “autogolpe de Estado”. En dicha junta, el presidente fue destituido bajo la acusación de incapacidad moral y, posteriormente, detenido por delitos de conspiración y rebelión.
El lugar de Castillo fue tomado por la exvicepresidenta Dina Boluarte, quien sería la primera mujer en tomar la presidencia de Perú. Estos eventos desataron una inconformidad en la población, que culminó en protestas comenzando en el sur del país hasta llegar a Lima, la capital del país, el pasado viernes 13 de enero.
Te recomendamos: Afectaciones económicas, miles de turistas atrapados y un expresidente peruano en prisión
Como respuesta a las protestas, el gobierno de Boluarte declaró un estado de emergencia, este domingo 15 de enero, en los departamentos de Puno, Cusco y Lima, así como en algunas provincias y carreteras. La Constitución Política del Perú declara que el estado de emergencia puede restringir o suspender derechos constitucionales como la inviolabilidad de domicilio, la libertad de reunión y tránsito en el territorio, y la libertad y seguridad personales. Según la Constitución, estas condiciones no pueden exceder los 60 días y, en este caso, se ha dicho que durarán 30 en las regiones previamente mencionadas.